Nombre,concepto de la sociedad e instrumento constitutivo | Denominación o razón social y que socios pueden figurar en la misma | Responsabilidad de los socios Responsabilidad de los socios | ¿Quiénes ejercen la administración? | Decisiones sociales |
-Sociedad Colectiva (S.C) Está formada por uno o más socios Colectivos (sin límite) Se constituye por instrumentos privados | Es una sociedad colectiva.Se forma con el nombre de uno, o más socios o todos los socios.Contendrá las palabras “y compañía” o su abreviatura para no colocar el nombre de todos los socios. En este tipo de sociedad interesa más las personas que el capital. | Los socios contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria | La administración es ejercida por los socios o por terceros.En caso de no estar estipulado,administrará cualquiera de los socios indistintamente | Se tomarán por mayoría de capital,salvo disposición contraria en el Contrato. |
-Sociedad en Comandita Simple (S.C.S) Está formado por uno o más socios COMANDITADOS y uno o más socios COMANDITARIOS. Se constituye generalmente por instrumento privado | Se forma exclusivamente con el nombre o nombres de los comanditados. Contendrá las palabras “y compañía” o su abreviatura si en ella no figuraren los nombres de todos los socios. | El o los socios comanditados responden por las obligaciones sociales como los socios de la sociedad colectiva, es decir, contraen responsabilidad subsidiaria,ilimitada y solidaria. El o los socios comanditarios responden solo con el capital que se obligue a aportar. | Puede estar a cargo de cualquiera de los socios comanditados o terceros.El socio comanditario no puede inmiscuirse en la administración, si lo hiciera será responsable ilimitada y solidariamente. | Se tomarán por la mayoría de capital salvo disposición contraria en el contrato. |
-Sociedad de Capital e Industria (S.C.I) Está integrada por uno o más socios CAPITALISTAS y uno o más socios INDUSTRIALES. Esta sociedad se constituye generalmente por instrumentos privados | Se puede formar con el nombre de uno o más socios Capitalistas, o un nombre de fantasía,no pudiendo figurar los socios Industriales. En esta sociedad interesan tanto las personas como el capital. | Socio capitalista o colectivo: solidaria,ilimitada. Socio industrial: aporta trabajo.Su responsabilidad es limitada a las utilidades no percibidas. | Puede estar a cargo de cualquiera de los socios Capitalistas o Industriales | Se toman por la mayoría de capital,salvo disposición contraria en el contrato.Se computa com o capital del socio Industrial el importe equivalente al socio Capitalista de menor aporte. |
-Sociedad anónima (S.A) El capital se representa por acciones. Se constituye por instrumento público y por acto único o por suscripción pública. | La denominación social puede incluir el nombre de una o más personas de existencia visible y debe contener la expresión “sociedad anónima” o su sigla “S.A” interesa más el capital aportado que las personas. | Los socios tienen responsabilidad limitada por la parte de las acciones suscritas No responden con sus bienes personales o particulares. | A cargo de un directorio compuesto de uno o más directores designados por la asamblea de accionistas o el Consejo de vigilancia. El directorio es fiscalizado por el síndico (representante de los socios) | Son tomadas por la asamblea de accionistas, Y mayoría de votos presentes, salvo cuando el estatuto exija mayor número. |
-Sociedad en Comandita por acciones (S.C.A) Está integrada por uno o más socios COMANDITADOS y uno o más socios COMANDITARIOS. La característica fundamental de esta sociedad es que los aportes de los socios comanditarios se encuentran divididos en partes iguales llamadas acciones. Esta sociedad se constituye por instrumento público. | Se integra con las palabras “sociedad en comandita por acciones”, su abreviatura o la sigla SCA. Se puede formar con el nombre de uno o más socios comanditados únicamente, o un nombre de fantasía. | La responsabilidad del socio comanditado es:solidaria e ilimitada; la del socio comanditario es:limitada al capital que suscriben. | La administración podrá ser unipersonal y será ejercida por socio comanditado o tercero,quienes durarán en sus cargos el tiempo que fije el estatuto. | Las decisiones se toman por mayoría de capital salvo disposición en contrario del contrato. |
-Sociedades Unipersonales (S.A.U) Esta sociedad solo se podrá constituir como sociedad anónima. La sociedad unipersonal no puede constituirse por una sociedad unipersonal. Sólo puede ser construida por instrumento público y por acto único. | Puede incluir el nombre de una o más personas de existencia visible y debe contener la expresión “sociedad anónima unipersonal” o la sigla S.A.U. | La responsabilidad de los socios está limitada a la porción de capital que invirtieron en la sociedad. En una sociedad anónima unipersonal, entonces, el socio único solamente responde por los actos de la sociedad con el capital que invirtió en la misma y no con todo su patrimonio. | Está a cargo de un directorio compuesto por una o más personas fiscalizado por el síndico (representante) | Son tomadas por “la asamblea de accionistas” y mayoría de votos presentes |
-Sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L) Está constituida por dos más socios que tienen responsabilidad limitada al capital aportado o que se comprometieron a aportar. Su capital se divide en partes iguales llamadas cuotas. El número máximo de socios es de 50. Esta sociedad se constituye por instrumento público. | Puede estar formada por el nombre de uno o más socios, y debe contener la indicación “sociedad de responsabilidad limitada”, su abreviatura o la sigla S.R.L. En esta sociedad interesa tanto el capital como las personas | Los socios tienen responsabilidad limitada por las partes de las cuotas suscriptas.No responden con sus bienes particulares o personales. | Está a cargo de uno o más gerentes,socios o no destinados por tiempo determinado o indeterminado en el contrato.Si la gerencia es plural el contrato podrá establecer las funciones que a cada gerente compete en la administración conjunta. | Se toman por mayoría de capital presente en la asamblea o partícipe del acuerdo,salvo que el contrato exija lo contrario. Cada cuota da derecho a un voto, salvo disposiciones contrarias del contrato o de la ley- |
Sociedades por acciones simplificadas (S.A.S) pueden ser creadas por instrumenti público (escribano) o privado (socios). Debe inscribirse en el registro público de la jurisdicción de la Constitución | Está constituida por una o más personas humanas o jurídicas (instituciones, organizaciones). Sin emargo, no se encuentran autorizadas a construir una SAS, ni a convertirse en una de SAS ya existente,es decir, una SAS unipersonal no puede constituir,ni participar, en otra SAS unipersonal | Responsabilidad ilimitada y solidaria a los administradores y representantes de la sociedad | La administración está a cargo de una o más personas,socios o no. Pueden ser designadas por olazo indeterminado y la administración puede ser individual,conjunta o colegiada | Las resoluciones de los socios pueden ser adoptadas mediante reuniones o procedimientos de consulta establecidos en el estatuto. A diferencia del resto de las sociedades,las reuniones de los socios pueden celebrarse en la sede social o fuera de ella,utilizando medios que le permitan a los socios y participantes comunicarse simultáneamente entre ellos |
¿Qué componen las tecnologías de la información y la comunicación? y que nos aportan a nuestra empresa?
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Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICS)
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